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Preceptos Leyes sobre cortes de justicia 1. Los Benei Nóaj están obligados a establecer cortes de justicia donde ésta se administre y mantenga la justicia y moral humana de acuerdo a las Siete Leyes Noájicas (Mishné Torá, Hiljot Melajím 9:14). 2. Una persona acusada de la trasgresión de las Siete Leyes Universales y llevado a juicio por una corte noájica puede ser declarado culpable sólo si es encontrado mentalmente competente (Ibíd. 10:12). 3. Cada persona debe aceptar una decisión legal recibida. Está prohibido realizar un juicio por sí solo sin ir a una corte de ley. 4. El arbitraje, la mediación u otro camino amigable para encontrar un acuerdo o compromiso (evitando así ir a juicio) resulta mejor y es más, buscar un compromiso es un precepto. 5. La evidencia circunstancial es admisible en las cortes de leyes noájicas. 6. Está prohibido darle respeto prejudicial a una gran persona. Si dos litigantes aparecen en la corte, un gran sabio y una persona simple, el juez no debe preguntar sobre cómo se encuentra la persona sabia ni expresar placer por su presencia ni rendirle honores sea cual fuera la forma. En caso contrario los argumentos de la persona simple serían callados. El juez no debe estar a favor de ninguna parte hasta que se haya concluido el juicio. Y los Sabios advierten que un juez no debe pensar que porque un litigante es una persona grande es inapropiado avergonzarlo o verlo avergonzado. 7. Si dos litigantes aparecen en la corte y una es una persona justa y la otra malvada, el juez no debe presumir que ésta última no dirá la verdad, ni pensar que no cambiará su conducta y por ende el juicio debería ir contra él. 8. Uno no debe juzgar injustamente, exculpando al culpable y condenando al inocente. Un juez que demora el juicio, alargando el tiempo de testimonio o preguntas, con el fin de causar que cualquiera de los litigantes sufra, cae en la categoría de juzgar injustamente. 9. Aquel que juzga de manera orgullosa, sin temer de su tremenda responsabilidad y sin la debida deliberación, llegando a una decisión rápida antes de haberse tomado el tiempo necesario para examinar el caso, es considerado estúpido, malvado y groseramente egoísta. 10. Las cortes no deben establecer un juicio genérico, en el que numerosos casos pueden ser juzgados de acuerdo a un sistema precedente, sino que deberán considerar cada caso en forma individual y en base a sus únicos méritos. (Nota: Sin embargo pueden seguirse casos precedentes como guía). 11. Un caso referente a una gran suma de dinero y otro referente a una pequeña cantidad deben ser tomados con consideraciones equitativas e individuales. 12. Es un precepto positivo llevar un juicio justo, tratando a las dos partes en forma equitativa en todo aspecto. El juez no debe permitir a uno explicar su caso en forma larga y a otro en pocas palabras. Ni debe juzgar a uno en forma placentera y sonriente y al otro en forma cortante y ruda. 13. Un juez tiene prohibido aceptar un soborno. El soborno corrompe cualquier juicio. Un juez que acepta esto está obligado a devolver el soborno si el que lo dio se lo pide. 14. También está prohibido ofrecer un soborno a un juez. La categoría de soborno no se limita al dinero, sino que incluye otros tipos de regalos y favores. Las siguientes leyes delinean algunos detalles de las pautas del Beit Din judío, la corte religiosa. Las cortes noájicas no están obligados a seguir estas leyes pero deben tomarlas como referencia. 15. Dos litigantes aparecen ante el juez. Una está vestida en forma elegante con trajes caros y la otra está vestida en harapos. El juez debe decirle a aquél que está vestido elegante: "Debes vestir al otro hasta que esté tan bien vestido como tú o debes vestirte como él está y luego podrás entrar a juicio con él". 16. Ambos litigantes deben estar sentados o de pie. No es adecuado que uno esté de pie y el otro sentado. Si el juez desea que ambos se sienten, puede hacerlo. Si ellos se sientan, deben hacerlo a la misma altura, ninguno más alto que el otro y pueden estar sentados todo el tiempo en el que juez escucha el caso. Pero cuando se anuncia la decisión del juez, ambos litigantes deben estar de pie. La "decisión" es el anuncio del juez a favor del demandado y contra el demandante o a favor del demandante y contra el demandado. Los testigos de ambos lados deben siempre estar de pie durante el testimonio. 17. Si hay varios casos ante el juez, el caso de un huérfano debe preceder al caso de la viuda y el caso de la viuda debe preceder al caso del estudioso de Torá y el caso del estudioso de Torá debe preceder al caso del hombre ignorante y el caso de una mujer debe preceder al caso de un hombre, porque la vergüenza de una mujer es mayor. 18. El juez tiene prohibido escuchar la súplica de uno de los litigantes hasta que el otro lado esté presente. Escuchar incluso una palabra del caso mismo estaría prohibido. Y alertamos al litigante no permitir que se escuchen sus palabras antes que la otra persona llegue. 19. El juez no debe escuchar el testimonio por intermedio de un intérprete o traductor, ya que la verdad es solo alcanzada escuchando las palabras de los mismos litigantes. Debe entender el idioma de los litigantes y escuchar sus testimonios y pruebas. Si el juez no habla su idioma en forma fluida, puede usar un intérprete para responder a los litigantes e informarles el juicio y la razón que encontró para uno y contra el otro. 20. Un juez tiene prohibido juzgar a una persona que ama, incluso si es menos que una gran estimación. Tampoco debe juzgar a alguien que odia, incluso si la persona no es su enemigo. Idealmente, los litigantes deben estar en forma igual ante los ojos y corazón del juez. 21. Cada juez debe poseer los siguientes siete atributos: sabiduría, humildad, temor del Cielo, temor del pecado, desprecio por el dinero, amor por la verdad, ser amado por su prójimo, buena reputación. 22. ¿Cuándo uno es amado por su prójimo? Cuando ve las cosas en forma clara y es humilde, habla y dirige sus negocios en forma agradable. Debe ser meticuloso en cumplir los preceptos de Di-s y debe haber conquistado su mala inclinación hasta el punto que se encuentre sin culpa. Su nombre debe servir como modelo para la generación. Debe ser valiente para dictar una sentencia justa contra fuertes malhechores. El dinero no debe ser para él precioso a fin que no lo haga ir tras él (porque está enseñado que si uno desea ser rico cae sobre él la pobreza). Debe perseguir la verdad por deseo propio. Debe amarla y despreciar a quien se le opone. Y debe huir de toda forma de trasgresión. 23. Si un juez no posee todas estas nobles cualidades, debe esforzarse por encontrar uno que reúna estos requisitos en lo posible. Referente a los testigos 24. Una persona puede ser sentenciada en una corte noájica con el testimonio de un solo testigo, pero sólo si éste es conocido como justo. Si el carácter del testigo no se conoce, se necesitarán dos testigos para declarar culpable al acusado. Se permite a los testigos así como al juez ser parientes del acusado. 25. Existen diez tipos de personas que son descalificadas como testigos o jueces en cortes de ley: mujeres, esclavos, niños pequeños, tontos y locos, el sordo y el mudo, el ciego (incluso si reconoce voces), trasgresores conocidos, gente que no se preocupa de cómo actúa en público, esposos de mujeres envueltas en el juicio, gente que se puede beneficiar de la decisión en el caso. 26. Una persona malvada es descalificada como testigo. Esto significa que el testimonio de alguien que es conocido como un trasgresor de las Siete Leyes Noájicas es inadmisible. Fuente:
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