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Delitos Informáticos. ¡Piense que pasaría si le roban la clave de su tarjeta de crédito o si sus hijos, que pasan horas en Internet sin supervisión, han conocido en los chats a alguna persona que les pudiese ocasionar daño!, pues bueno, quizá no tenga ejemplos, pero es una realidad latente. Como ilustración, lea detenidamente los siguientes casos. Un juez ordenó en España prisión preventiva para un hombre que conoció a una mujer a través de un anuncio en el periódico, pero ella decidió no verlo más. El hombre empezó a acosarla sexualmente por correo electrónico enviándole objetos obscenos; hasta creó una página Web donde dejó al descubierto sus datos personales, haciéndola pasar por prostituta. Otros sujetos utilizaban un sofisticado método para duplicar tarjetas de crédito, colocando micro-cámaras camufladas en los cajeros automáticos para captar las claves de los clientes, así como un lector de tarjetas en la entrada del habitáculo -similar al que usualmente se usa para abrir la puerta- que previamente había sido preparada por los malhechores. En seguida, hacían una réplica de cada tarjeta para vaciar las cuentas de los desprevenidos usuarios. Similar astucia usó el "informático" en nuestro país. En Estados Unidos se iniciaron acciones legales contra tres hombres que se aprovecharon de los datos crediticios de miles de personas para obtener ganancias millonarias. Uno de ellos era empleado de una compañía que provee a los bancos y otras corporaciones acceso a información crediticia de los consumidores por parte de tres agencias: Equifax, Experian y TranSunion. Se apoderó de las contraseñas de las personas -cerca de 30 mil- y vendió sus informes a 60 dólares cada uno, incluían tarjetas de crédito, seguro social y cuentas bancarias. En Uruguay, tres hombres se dedicaban a hacer amistades en los chats con personas del mismo sexo, para luego robarles. Su última víctima fue un hombre de 28 años de edad con quien entablaron diálogo en un chat; pronto, pasó a ser telefónico, después acordaron verse en su casa. Estando adentro, le robaron dinero y lo hicieron retirar más de un cajero automático. Otros jóvenes de 15 años fueron detenidos en Barcelona por realizar páginas Web con imágenes de gente torturada y mutilada, supuestamente eran sus profesores. Esas conductas ilegítimas no reguladas en El Salvador deberían incluirse en el Código Penal como delitos informáticos, los cuales pueden definirse como conductas criminales que en su realización hacen uso de la tecnología electrónica ya sea como método, medio o fin. Eso no significa que no se pueda juzgar de alguna manera a personas que se aprovechan de la tecnología para comercializar con datos personales por ejemplo, como la empresa Infornet, cuya actividad puede lindar con lo ilícito; porque basta interpretar el Art. 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde estipula que "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación…"; Tratado que posee rango de ley, siendo superior a esta en caso de conflicto. (Art. 144 Cn). Por Lic. Boris Rubén Solórzano, Abogado y Notario. Junio de 2003 |
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