Apéndice Nº 4

DGTM Y MM. ORDINARIO N° 12.400/78 VRS.

APRUEBA PROGRAMA DE EXAMENES QUE INDICA Y FIJA EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD PARA LA PRACTICA DEL BUCEO DEPORTIVO AUTONOMO.

VALPARAISO, 08 de Octubre de 1997

VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 24, 25 y 27 del DS. (M) N° 87 del 14 de Mayo de 1997 y las facultades que me confiere el artículo 3 del DFL N° 292 de 1953,

CONSIDERANDO :

  1. Que el Reglamento General de Deportes Náuticos en el artículo 27 establece que la Dirección General del Territorio Marítimo debe determinar los programas sobre los cuales versarán los exámenes o cursos de competencia para optar a las distintas licencias deportivas náuticas;
  2. Que, por otra parte, en el artículo 25 se señala que debe fijarse el equipamiento para realizar en forma segura la actividad de buceo deportivo autónomo, como también las medidas de seguridad que se deben adoptar en dicha actividad.

RESUELVO:

  1. DETERMINA como Programa de Exámenes para optar a la licencia de Buceador Deportivo Autónomo, el que se adjunta como Anexo "A" a la presente resolución.
  2. ESTABLECE las Medidas de Seguridad que debe cumplir el buceador deportivo autónomo en el ejercicio de su actividad, que se acompaña en el Anexo "B".
  3. FIJA el Equipamiento Mínimo de Seguridad para la práctica del buceo deportivo autónomo, el que se acompaña como Anexo "C".

ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE en el Boletín Marítimo.

(Fdo.)
ARIEL ROSAS MASCARO
VICEALMIRANTE
DIRECTOR GENERAL

ANEXO "A"

PROGRAMA DE EXAMENES PARA BUCEADOR DEPORTIVO AUTONOMO

  1. Los postulantes a la licencia de Buceador Deportivo Autónomo, de acuerdo a lo indicado en el artículo 27 del Reglamento General de Deportes Náuticos, deberán rendir los siguientes exámenes:
  • Examen teórico.
  • Examen práctico.
  1. EXAMEN TEORICO

2.1 Equipo de Buceo Autónomo

  • Descripción de los componentes y características de éstos.
  • Manipulación y mantenimiento de los componentes (Traje protector, máscara, aletas, compensador de flotabilidad, regulador, botellas, etc.).
  • Características de los Compresores de Buceo y Procedimiento de llenado de botellas.

2.2 Medidas de Seguridad.

  • Planificación de un buceo.
  • Elección de un área apropiada.
  • Buceo con compañero.
  • Procedimientos de ingreso y salida del agua.
  • Profundidad y tiempo de buceo que no requieran descompresión.

2.3 Tablas de Descompresión

  • Tabla II, Tabla de descompresión normal con aire.
  • Tabla III, límites sin descompresión y Tabla de grupos de inmersión sucesiva.
  • Tabla IV, Tabla de grupos de inmersión sucesiva al final del intervalo en superficie.
  • Tabla V, Tabla de tiempos de Nitrógeno residual.

2.4 Primeros Auxilios

  • Métodos de rescate.
  • Reconocer y distinguir signos vitales.
  • Diferentes tipos de schock.
  • Diferentes tipos de asfixia.
  • Diferentes tipos de fracturas.
  • Luxaciones.
  • Respiración artificial.
  • Evacuación y transporte de heridos.

2.5 Física y Fisiología del Buceo

  • Efectos primarios de la presión sobre el cuerpo humano y el equipo de buceo.
  • Efectos fisiológicos de la presión (definiciones, causas, síntomas, tratamientos y prevenciones).
  • Barotrauma.
  • Bends.
  • Embolia pulmonar.
  • Sobreexpansión de órganos intestinales y estómago.
  • Efectos narcóticos del nitrógeno.
  • Efectos tóxicos del oxígeno.
  • Efectos tóxicos del anhídrido carbónico.
  • Efectos tóxicos del monóxido de carbono.
  1. EXAMEN PRACTICO

3.1 Nadar 300 metros sin ayuda de aparatos natatorios.

3.2 Nadar 25 metros bajo el agua sin aparatos natatorios.

3.3 Técnicas de introducción al medio subacuático.

3.4 Técnica de aclarar máscara.

3.5 Recuperación y colocación del equipo en el agua.

3.6 Compartir un regulador (boquilla) entre 3 buzos por 5 minutos a una profundidad de 10 metros.

3.7 Demostraciones de dominio subacuático y técnicas de sumersión usadas con equipo de buceo autónomo.

ANEXO "B"

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL BUCEO DEPORTIVO AUTONOMO

La organización anticipada y la planificación debe considerar los siguientes aspectos:

  1. Seleccionar el lugar o zona de inmersión y un lugar alternativo que contemple un lugar de acceso, el cual no debe estar afectado por rompientes, corrientes y el fondo deberá estar despejado de rocas punzantes, restos náufragos peligrosos, y fauna que pueda causar heridas a los buzos (Ejemplo: Erizos Negros).

  2. Seleccionar a los buzos participantes, en grupos de 2 o 3 como máximo, debiendo designar 1 líder en cada uno, el que estará a cargo y será responsable de los buzos asignados.

  3. Probar y revisar minuciosamente su equipo (recuerde que una falla en el suministro de aire puede costarle la vida), y ordénelo en su bolso en forma inversa, de modo de facilitar su colocación.
  4. Revisar el regulador por personal especializado una vez al año.
  5. Utilizar exclusivamente los equipos de buceo y sus componentes, que han sido diseñados para estos efectos.
  6. En el lugar seleccionado, el líder deberá informar a sus buzos acompañantes, antes de equiparse, en que consistirá el buceo, indicando el lugar, profundidad, tiempo de buceo, señales visuales básicas, procedimientos a seguir frente a problemas o emergencias (Dolores en el cuerpo, problemas de respiración, pérdida visual de un compañero, etc.)
  7. Considerar dentro de la planificación, una embarcación de apoyo, la que brindará seguridad y evitará esfuerzos innecesarios a los buzos participantes.
  8. Debe quedar a bordo de la embarcación o en tierra, una persona que se desempeñará de "supervisor", el cual registrará los nombres de los grupos de buceo, y las horas de inicio y término de buceo.
  9. Efectuar buceos, que de acuerdo al tiempo y profundidad no requieran descompresión.
  10. Para casos de emergencia, tener planificado un procedimiento que contemple a lo menos:
  •  Centro hospitalario donde dirigirse (Dirección - Fono).
  •  Ubicación de la Cámara Hiperbárica más cercana.
  •  Medios de transporte (bote - vehículo - etc.).
  •  Persona a cargo de los primeros auxilios.
  • Sistema de comunicación (teléfono celular, equipo VHF, etc.)
  • Este procedimiento debe ser conocido por todos los participantes.

ANEXO "C"

EQUIPAMIENTO MINIMO DE SEGURIDAD PARA LA PRACTICA DEL BUCEO DEPORTIVO AUTONOMO

  1. Botella de aire comprimido, con reserva, de acuerdo a especificaciones y con certificado vigente.
  2. Regulador de aire. 
  3. Compensador de boyantez.
  4.  Máscara para buceo.
  5. Cinturón para plomo con hebilla de escape rápido.
  6. Plomos, de acuerdo a requerimientos individuales. 
  7. Traje de buceo. 
  8. Cuchillo con funda apropiada. 
  9. Tabla de descompresión apta para ser usada bajo el agua. 
  10. Reloj de buceo. 
  11. Profundímetro. 
  12. Aletas de propulsión. 
  13. Boyarín con señalización de buceo
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