
Repito una vez más, y no creo que la raíz del problema se encuentre en personalidades, o miembros individuales considerados. He llegado a la conclusión de que este punto de vista es el producto típico de cualquier estructura autoritaria que asuma una postura legalista hacia el cristianismo, permitiendo que los que comparten la autoridad toleren el que normas dobles de conducta existan lado a lado sin sentir escrúpulos de conciencia. Para dar crédito a quien lo merece, los hermanos de México estaban perturbados en sus conciencias al enterarse del sufrimiento intenso de los de Malawi, quienes rehusaron pagar una cuota legal en una transacción legal para obtener un carnet del partido del gobierno en el poder, mientras que ellos mismos habían obtenido ilegalmente, mediante sobornos, un certificado militar. Aquellos en la “cima,” en la llamada “torre de marfil,” sin embargo, parecían estar extrañamente ajenos a tales sentimientos, insensibles a las consecuencias que las personas sufrían por culpa de esta doble norma de conducta. Esto también, creo, es efecto del sistema y es una razón por la que personalmente considero tal clase de sistema tan repulsiva.
Todos los miembros del Cuerpo Gobernante estaban plenamente enterados de la norma en México para el otoño del 1978. Casi un año más tarde, en septiembre de 1979, el Cuerpo Gobernante volvió a reanudar la discusión del asunto (aún no decidido) del servicio alternativo, en esta ocasión traído a consideración como resultado de una carta de Polonia.
Advirtiendo que el servicio alternativo podía ser una “trampa para indoctrinar a los hermanos,” Milton Henschel urgió tener cuidado extremo, al hablar a favor de la práctica de muchos Testigos polacos, quienes tomaban la alternativa conveniente de irse a trabajar a las minas de carbón para evadir la conscripción militar. Lloyd Barry volvió a urgir que sostuviéramos la posición de que los Testigos “deberían mantenerse libres de la entera organización militar.” Ted Jaracz dijo que, “nuestros hermanos van a tener problemas y ellos esperan dirección de parte de la organización de Jehová,” que había necesidad de evitar diversidad de opiniones, y que no deberíamos darles a los hermanos la idea de que el Cuerpo Gobernante estaba diciendo, ‘vayan pues, sométanse’ a las órdenes del servicio alternativo. Carey Barber expresó la opinión de que “en este asunto no hay lugar para ejercitar la conciencia, es algo en lo que tenemos que marchar adelante” sin ceder. Fred Franz dijo que nuestra “conciencia tiene que ser entrenada por la Biblia” y expresó nuevamente su apoyo por la posición tradicional en contra de aceptar el servicio alternativo.
Para este entonces Ewart Chitty no era ya miembro del Cuerpo Gobernante. Grant Suiter estuvo ausente de esta sesión, y ambos, él y Chitty, habían votado a favor de un cambio en la norma, en la reunión del 15 de noviembre de 1978. Pero había ahora dos miembros nuevos en el Cuerpo, Jack Barr (de Inglaterra) y Martin Poetzinger (de Alemania), y quienes estaban presentes durante la sesión del 15 de septiembre del 1979. Cuando una moción finalmente se presentó, la votación quedó dividida a la mitad: ocho a favor de cambiar la norma y ocho en contra (incluyendo los dos miembros nuevos).
En 1980, el 3 de febrero, el tema fue puesto una vez más en la agenda. Para entonces, más de un año había pasado desde mi visita a México y Albert Schroeder había hecho otra visita anual allí. Los miembros del comité de sucursal de México expresaron nuevamente su preocupación con relación a la práctica de sobornar para obtener documentos falsificados del servicio militar, y Albert Schroeder informó al Cuerpo de esta situación persistente, a su regreso. Comentarios hechos por los varios miembros durante la sesión hicieron evidente que no habría una mayoría de dos tercios ni a favor ni en contra del servicio alternativo y por lo tanto ni siquiera se presentó una moción.
El asunto se archivó. Desde el tiempo en que la carta de Michel Weber, un anciano de Bélgica, fue recibida en noviembre de 1977, hasta febrero del 1980, el Cuerpo Gobernante de los Testigos de Jehová había tratado en seis ocasiones diferentes de resolver el asunto sin éxito.
¿Qué hubo de las personas afectadas por la política que continuó vigente, aquellos de la clase que La Atalaya había llamado “el miembro común”? ¿Podían ellos también archivar el asunto? Muy al contrario, la inhabilidad del Cuerpo para alcanzar esa indispensable mayoría de dos terceras partes, quiso decir que los Testigos de Jehová varones en cualquier país del mundo que actuaran en armonía con sus conciencias y aceptaran el servicio alternativo como un requisito propio del gobierno, todavía podían hacerlo sólo al costo de ser vistos como fuera de la organización, el equivalente a estar expulsados. Quiso decir también que el Cuerpo Gobernante en conjunto estaba dispuesto a que la norma durante veinte años vigente en México continuara como tal, mientras permanecía inalterada una norma totalmente opuesta en Malawi.
DOS SUERTES DE PESAS PARA MEDIR Dos suertes de pesas son cosa detestable a Jehová, y una balanza defraudadora no es buena. -Proverbios 20:23.Quizás ayudaría el entender el razonamiento de algunos de los miembros del Cuerpo si otras circunstancias existentes entre los Testigos de Jehová en México se examinaran. Como resultado de la revolución mexicana, y debido a la larga historia de adueñarse de enormes cantidades de tierras, y otras propiedades, por parte de la Iglesia Católica en ese país, la Constitución de México hasta hace poco, prohibía a cualquier organización religiosa el derecho a poseer bienes inmuebles. Edificios religiosos y sus propiedades eran, en efecto, tomados en custodia por el gobierno, quien permitía a la organización religiosa hacer uso de ellos. Debido a la explotación por el clero extranjeros en el pasado, no se les permitía a los misioneros o ministros extranjeros funcionar como tales en México. ¿Cuál era el resultado de esto en la organización de los Testigos?
La administración de la sede central de la organización de los Testigos de Jehová hace muchas décadas decidió que, en vista de la existente ley mexicana, los Testigos de Jehová allí se presentarían, no como una organización religiosa, sino como una organización “cultural.” La corporación local allí formada, La Torre del Vigía, fue registrada como tal ante el gobierno de México. [Tengo copia de una registración hecha con fecha del 10 de junio de 1943, donde la Secretaría de Relaciones Exteriores autoriza la registración de La Torre del Vigía como “Asociación Civil Fundada para la Divulgación Científica, Educadora y Cultural No Lucrativa.” Se supone que ésta es la registración original y en tal caso ese arreglo estuvo en efecto unos 46 años.] Así que, durante muchas décadas los Testigos de Jehová en México no hablaban de celebrar reuniones religiosas o reuniones bíblicas sino de celebrar reuniones “culturales.” En estas reuniones ellos no oraban ni cantaban, y esto era cierto también de sus asambleas grandes. Cuando predicaban de casa en casa sólo llevaban la literatura de la Watch Tower (que ellos decían se suministraba por la Watch Tower Society como una “ayuda para ellos en su actividad cultural”). No llevaban Biblias durante la predicación de casa en casa ya que eso los presentaría como envueltos en actividad religiosa. Un grupo de Testigos en un área no se llamaba una “congregación” sino una “compañía.” Ellos no hablaban de efectuar bautismos sino que hacían lo mismo bajo el nombre de efectuar el “símbolo.”
Esta “habla doble” no se practicaba como resultado de estar viviendo en un país totalitario que tomaba medidas represivas contra la libertad de adoración. [El gobierno de México había mostrado, de hecho, considerable indulgencia para con los Testigos de Jehová, pues ellos deben haber sabido que la representación de éstos como una organización “cultural,” no religiosa, era simplemente un subterfugio.] Se llevaba a cabo mayormente para evitar tener que cumplir con las normas del gobierno relacionadas con la posesión de propiedad por parte de organizaciones religiosas. Ni debe pensarse tampoco que el arreglo fue algo que se originó en los Testigos mexicanos mismos; se trató más bien un arreglo orquestado y puesto en práctica por las oficinas internacionales en Brooklyn. [En los 1970, mi esposa y yo asistimos a una asamblea internacional en Ciudad de México y nos hospedamos en el Betel de la Sociedad. El presidente Knorr estaba presente y durante nuestra estancia él condujo un grupo de nosotros en un paseo por los varios edificios de la sucursal. Durante el paseo él comentó directamente sobre la categoría según ley de “organización cultural” que implicaba en México y específicamente mencionó como una razón primaria para esta inusitada categoría el hecho de que les permitía mantener control de las propiedades de la organización en el país.]
Es interesante contrastar la eliminación deliberada de las oraciones y los cánticos en las reuniones de los Testigos en México con la acción de la Sociedad en los Estados Unidos, donde estaban dispuestos a pelear caso tras caso hasta la misma Corte Suprema del país, más bien que descontinuar ciertas prácticas, tales como el ofrecer literatura de casa en casa sin licencia y sin tener que registrarse con la policía, el derecho a usar autos con altoparlantes, distribuir literatura en las esquinas, y muchas otras prácticas que se abarcan en los derechos constitucionales. La organización no quería renunciar a ninguna de estas cosas. Batalló para mantenerlas, aún cuando estas prácticas particulares eran cosas claramente no practicadas por los cristianos del primer siglo y, por lo tanto, no pueden ser contadas como prácticas cristianas primarias.
Pero la oración congregacional o de grupo sí era una práctica religiosa primaria en las reuniones cristianas primitivas y lo ha sido entre los siervos de Dios desde tiempos inmemoriables. El gobierno mexicano no decía nada en contra de la oración en las reuniones religiosas. Los Testigos de Jehová, sin embargo, fueron instruidos a decir que sus reuniones no era religiosas. Pocas cosas, empero, podrían considerarse como más completamente relacionadas con la adoración a Dios, como algo más puramente espiritual, que la oración. Cuando un decreto imperial en Persia prohibió orar a cualquiera excepto al rey por un período de treinta días, el profeta Daniel consideró el asunto como algo tan crucial que arriesgó su posición, bienes y vida misma al violar el decreto. [Daniel 6:1-11.]
La organización consideró, sin embargo, más expeditivo el sacrificar el sacrificar la oración entre los Testigos de Jehová en México. ¿Con qué beneficio, que “ventajas resultantes”? Por medio de eliminar la oración congregacional y el cántico congregacional y el no usar la Biblia en la actividad de dar testimonio público, la organización podía retener como propiedad suya los inmuebles de la Sociedad en México y operar libre de las regulaciones gubernamentales con las que otras religiones cumplían. Ellos estaban dispuestos a decir que su organización no era una organización religiosa, que sus reuniones no eran reuniones religiosas, que su actividad de testimonio no era una actividad religiosa -cuando en cualquier otro país del mundo los Testigos de Jehová estaban diciendo precisamente lo opuesto. (Para información sobre desenvolvimientos más recientes en México, véase el Apéndice.)
Ya sabían de este arreglo, es posible que algunos miembros del Cuerpo Gobernante se hayan sentido inclinados a aceptar el pago de sobornos por documentos falsificados como algo no muy fuera de línea con la norma general de los Testigos de Jehová en ese país. Esto, quizás, explique en parte por qué ellos, al mismo tiempo, podían hablar tan fuertemente en contra de “transigir” en otros países. Parece evidente que en la mente de algunos miembros no es una cuestión de dos reglas de conducta. En su mente hay una sola regla de conducta. La regla es: hacer todo lo que la organización decida y apruebe. La organización tomó decisiones con relación a México y la práctica de soborno allí, dejándolo a la conciencia individual, de modo que eso es aceptable y un individuo puede pagar tal soborno por un certificado militar y aun ser asignado a puestos de responsabilidad, sin que haya necesidad de preocuparse ante Dios de parte de los que dirigen la obra allí. La organización en cambio decidió lo contrario con relación al servicio alternativo (como también hizo con relación a la situación en Malawi), y por lo tanto, cualquier hombre que no siga tal decisión no es digno de ocupar ninguna posición en la congregación, se considera de hecho como alguien que ha quebrantado su integridad para con Dios.
En aquel entonces yo no podía comprender cómo cristianos pudieran adoptar un punto de vista tal, y aún hoy no puedo comprenderlo. Para mí, esto hacía de todas las llamadas denodadas y casi estridentes a favor del ‘mantenerse limpios del mundo,’ una cosa hueca, vana, mera retórica, como el lenguaje que es impresionante pero que no se ajusta a la realidad. De ninguna forma podía sentirme parte de tal modo de razonar, uno que permitía tales expresiones a pesar de hechos bien conocidos por todos los miembros que proferían y escuchaban esas expresiones.
Viví en países de la América Latina por casi veinte años y no pagué soborno alguno. Pero sé muy bien que hay sitios, no sólo en América Latina sino en varias otras partes del mundo, donde, aunque la ley esté de parte suya, y lo que usted trate de hacer sea perfectamente legítimo, es casi imposible el lograr realizar algunas cosas sin acceder a pagar dinero a algún oficial que no tiene derecho al mismo. No es difícil darse cuenta de que una persona que se enfrenta a tal situación podría ver esto como una forma de extorsión, aun de la misma manera que en tiempos bíblicos los cobradores de impuestos y hombres militares podían exigir más de lo que era debido y por lo tanto practicar extorsión. (Lucas 3:12-14) No me parece justo el juzgar adversamente a personas que se sienten obligadas a someterse a tal extorsión. Más aun, no presumo de juzgar a aquellos en México que, no teniendo la ley de su lado, actuaban contra ella, quienes no se sometieron simplemente a extorsión, sino que deliberadamente solicitaron actos ilegales de un oficial, por medio de una oferta de dinero para conseguir un documento falsificado, ilegal. Esto no es lo que encuentro tan chocante y aun espantoso de todo el asunto.
Es más bien la manera en que hombres en posiciones prominentes de autoridad pueden permitir que supuestos “intereses organizacionales” se consideren como de importancia tan enorme comparados con los intereses de la gente común, gente con hijos, hogares y empleos, individuos, muchos de los cuales dan evidencia de ser justamente tan concienzudos en su devoción a Dios como cualquiera de esos hombres que se sientan como jueces a decidir qué cosas caen o no dentro del dominio de la consciencia de aquellos.
En contemplar a hombres con autoridad que se arrogan para sí el derecho de divergir en sus opiniones, pero que demandan uniformidad en todos los demás; hombres que expresan su desconfianza en que otros ejerzan su libertad cristiana de conciencia, pero que, a la misma vez, esperan que aquellos depositen su confianza implícita en ellos mismos y sus decisiones, mientras se otorgan a sí mismos el derecho de ejercer sus conciencias para condonar maniobras ilegales y la obvia representación falsa de hechos.
Es el contemplar a hombres con autoridad quienes, debido a que el cambio de un solo voto reduce una mayoría de 662/3% a 621/2%, están dispuestos a que ello resulte en mantener vigente una norma que puede hacer que otros hombres sufran arresto, sean separados de sus familias y hogares por meses, y que sean enviados a la cárcel por años, aun cuando éstos que sufren no comprendan la base bíblica para la norma a la que se les pide someterse, y en algunos casos hasta la crean equivocada.
Es el ver a hombres con autoridad que pueden aplicar una norma que exige a la gente común, hombres, mujeres y niños, encararse a la pérdida de hogares y tierras, sujetarse a palizas y torturas, a ultrajes y hasta muerte por rehusar pagar una cuota legal por un carnet de la entidad que es, para todo intento y propósito, el poder regente en su país, mientras que al mismo tiempo dicen a individuos en otros países que es aceptable para ellos el sobornar a oficiales militares para obtener un carnet que falsamente declara que han cumplido con su servicio militar y que son miembros de las reservas de primera línea del ejército.
Todo esto es lo sí encuentro chocante. Y, por sinceros que sean algunos de los implicados, aun lo encuentro espantoso.
Personalmente no podía comprender cómo hombres adultos podían dejar de ver la inconsistencia en todo esto, cómo es que no se sentían repelidos por ello, o conmovidos por el efecto que producía en la vida de las personas. Al final, esto sólo me convenció de que la “lealtad organizacional” es capaz de llevar a la gente a conclusiones increíbles, permitirles racionalizar la desigualdad más grotesca en sus normas y a la vez eximirlos de sentirse afectados en particular por cualesquier sufrimientos que esas normas pudieran causar. El efecto insensibilizador que la lealtad organizacional puede producir está, desde luego, bien documentado, habiendo sido demostrado una y otra vez, durante los siglos, tanto en la historia religiosa como en la política, en los casos extremos de la Inquisición y durante el régimen Nazi. Pero aún puede producir un efecto nauseabundo cuando se ve de cerca, un ambiente donde uno jamás lo hubiera imaginado. A mi pensar, esto ilustra vigorosamente la razón por la cual Dios nunca tuvo el propósito de que hombres ejercieran tal autoridad excesiva sobre su congéneres.
Apéndice
Para el capítulo 6
Después de casi medio siglo de ostentar el estatus de “organización cultural” en México, la Watch Tower lo cambió por el de una organización religiosa. La Atalaya del 1:o de enero de 1990, página 7, anunció que “un cambio en la situación de los testigos de Jehová” se había efectuado en 1989. Allí se describe a los Testigos mexicanos como habilitados por primera vez a usar la Biblia en sus visitas de casa en casa y, también por primera vez, a permitírseles comenzar las reuniones con oración.
La revista describe cuán “emocionante” fue este cambio para los Testigos mexicanos y que hasta les hizo derramar lágrimas de “puro gozo,” y pasa luego a atribuirle a este cambio un salto más de 17,000 en el número de “publicadores.”
El artículo, sin embargo, no dice nada en absoluto al lector respecto de cuál era el estatus anterior, por qué prevaleció, o de que manera se produjo el cambio de categoría. Quien leyera el artículo bien asumiría que el cambio de clasificación, con los beneficios descritos, era algo en que la organización siempre se había interesado. Al leer el artículo, uno asumiría que fue el gobierno de México o sus leyes quienes hasta recientemente había impedido que los Testigos usaran la Biblia en su actividad de puerta en puerta o el orar en las reuniones. Jamás se le dice al lector que la razón por la cual los Testigos mexicanos fueron privados de estas cosas -durante casi medio siglo- se debe a que la la sede central de su organización así lo prefirió, en lugar de optar libremente por otra clasificación. No se dice tampoco al lector que esos cambios “emocionantes,” que produjeron lágrimas de “puro gozo,” hubieran estado disponibles por muchos decenios, con tan solo una decisión de la organización a abandonar su pretensión de que la organización de los Testigos en México no era una de carácter religioso, sino de tipo “cultural.” La única razón por la que los Testigos mexicanos no habían participado antes en ambas cosas, fue simplemente porque la sede central de su organización les había instruido a no hacerlo, para poder proteger así su categoría, libremente elegida, la categoría de organización “cultural.”
Estos son hechos bien conocidos por aquellos situados en posiciones de responsabilidad en la organización de los Testigos en México. Sin embargo, son hechos desconocidos por la gran mayoría de Testigos fuera del país, y La Atalaya del 1:o de enero de 1990 los dejó permanecer totalmente ajenos a la realidad del asunto. Les presentó un cuadro “inocuo para consumo interno” de lo acontecido, tan “despistador” y falseador de la verdadera situación como lo fue la práctica anterior a 1989 de pretender aparentar ser algo diferente de una organización religiosa, mientras bien a conciencia sabían que lo eran.
El libro Crisis de Conciencia ahora ha sido publicado en español. Está disponible en una edición de cubierta dura. Pedidos de 5 ejemplares o más recibirá un descuento de 40%.
Para solicitar el libro, Crisis de Conciencia u otros libros y publicaciones de Commentary Press, entrar AQUÍ.
Puede llenar y enviar la siguiente HOJA DE PEDIDO a Commentary Press.
COMMENTARY PRESS
P.O. Box 43532
Atlanta, Ga 30336
Tel: -770/949-4947
Fax: -770/949-5601
Primera Página